El STJD presentó una denuncia contra la tarjeta cuestionable de Bruno Henrique por considerarla un “pequeño beneficio”.

El comité disciplinario también analizó la expulsión y amonestó al deportista; El delantero no comenta y Flamengo afirma estar siguiendo la investigación

Sospecha de A esquema de apuestas atractor bruno henriquedel Flamengo ya se sabía Tribunal Supremo de Justicia Deportiva (STJD). El organismo, que sólo tiene competencia deportiva, cerró el caso porque consideró que el delantero no habría obtenido ventaja en un posible esquema como el denunciado. El jugador no hizo comentarios y el club dijo que estaba siguiendo la investigación

Según el propio memorando del STJD, el departamento de ética y cumplimiento de la Conmebol envió un comunicado a la Unidad de Integridad de la CBF el 2 de agosto de este año, nueve meses después de la victoria de Santos por 2-1 sobre Flamengo. El movimiento de cartas de Bruno Henrique fue calificado de “comportamiento inusual”.

En el análisis deportivo, la Fiscalía entendió que la tarjeta “se ajusta a parámetros normales”. “La advertencia no muestra ningún indicio de beneficio económico para el atleta, ya que cualquier beneficio de apostar en virtud de la advertencia sería insignificante en comparación con el salario mensual del jugador”, se lee en la nota.

El STJD señala que la presentación se produjo en el campo deportivo y que esto no afecta un posible proceso disciplinario si las autoridades concluyen que existe una infracción.

Luego de las medidas de la PF del martes, Flamengo decidió no expulsar al deportista. Bruno Henrique suele entrenar los martes por la mañana y formará parte del plantel del Flamengo que viajará a Belo Horizonte para jugar contra el Cruzeiro el miércoles. Flamengo sigue la investigación y dice que apoyará a las autoridades además de apoyar al deportista.

La comisión disciplinaria decidió advertir a Bruno Henrique

El 21 de noviembre de 2023, la Segunda Comisión Disciplinaria del STJD resolvió la expulsión del Flamenguista. Fue denunciado por violación del arbitraje. Según el informe recogido por Rafael Klein, Bruno Henrique lo maldijo tras recibir la primera tarjeta amarilla: “Estás sucio…”, escribió el juez en el documento.

La definición del STJD fue una advertencia para el atacante. En el mismo procedimiento, Gerson fue suspendido por una entrada violenta y Lucas Braga, del Santos, fue amonestado por atacar el terreno de juego. Flamengo fue multado con 54.000 rupias por tirar cosas al campo y llegar tarde.

Ver nota completa de la Fiscalía del STJD

La Corte Suprema de Justicia Deportiva recibió información del Consejo de Ética y Cumplimiento de la CONMEBOL enviada por la Unidad de Integridad del Fútbol Brasileño el 02/08/2024 respecto del partido del 01/11/2023 (hace nueve meses) entre Flamengo. RJ y Santos SP, con denuncias por conducta inapropiada a raíz de la tarjeta amarilla del deportista Bruno Henrique Pinto.

Inmediatamente, la Fiscalía de Justicia Deportiva solicitó a la empresa Sportradar, socio externo contratado por la FIFA, que monitoreara el campeonato, que era objeto de los sospechosos, incluida la realización de un análisis de inteligencia. En respuesta, Sportradar presentó un informe concluyendo que no se había detectado ningún juego sucio durante el partido.

Durante el análisis deportivo del juego, la Fiscalía demostró que los hechos observados corresponden a la realidad racional de la práctica del fútbol, ​​incluyendo la acción del deportista en el incidente de la regla, la intensidad del juego, teniendo en cuenta la eliminación de el juego. la reacción tras ser señalada la falta y el minuto de juego en el que se disputó el balón. Entendió que desde el punto de vista deportivo los hechos se ajustan a parámetros normales.

La fiscalía sostuvo que la advertencia no mostraba ningún indicio de beneficio económico para el atleta, ya que cualquier beneficio de apostar sobre la advertencia sería insignificante en comparación con el salario mensual del jugador.

Por estas razones, ante la ausencia de elementos concretos, se optó por archivar la información en el marco de la justicia deportiva de su momento, sin perjuicio de ulteriores procedimientos disciplinarios, si las autoridades fiscales recabaran un conjunto de hechos con pruebas concluyentes, con base en sobre las facultades investigativas que se le confieren.

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